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REGLAMENTO DE PROYECTOS ACADÉMICOS PARA LA APROBACION DE NUEVAS CARRERAS Y PROGRAMAS

 

Artículo. 1. De acuerdo al Art. 25, del Capítulo 4 sobre el Sistema Académico del Estatuto, las áreas académicas están constituidas por: Facultades, Departamentos, Carreras y Programas agrupándose por afinidad del conocimiento científico.

Artículo. 2. De acuerdo al Art. 26 del Estatuto, las áreas académicas nuevas conformadas por Facultades, Departamentos, Carreras y Programas, se crearán de acuerdo con el crecimiento orgánico de la Universidad , según el presente reglamento y proyecto académico aprobado por la Junta Directiva.

Artículo. 3. Los planes de estudio de las carreras y programas, de acuerdo al Art. 29 del Estatuto, deben estar debidamente justificados y sustentados de acuerdo a reglamento para ser aprobados por la Junta Directiva.

Artículo. 4. La Junta Directiva de la Universidad , de acuerdo al inciso l) del Art. 41 del Estatuto, tiene como atribuciones: Aprobar los proyectos académicos y programas de las diferentes facultades y carreras; y al inciso i) del mismo artículo: Proponer a la Conferencia Episcopal Boliviana la creación y supresión de unidades académicas regionales, facultades y carreras.

Artículo. 5. El contenido y estructura del proyecto deberá adecuarse en su totalidad al sistema académico y al sistema administrativo, al presente reglamento y a las normas generales y específicas de la Universidad Católica Boliviana.

Artículo. 6. El proyecto académico debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

Justificación de la creación de la carrera:

1. Diagnóstico regional de necesidades sociales tomando en cuenta sus núcleos problemáticos debidamente priorizados.

1.1. Diagnóstico de la práctica profesional actual:

1.1.1. Problemas regionales y nacionales.

1.1.2. Necesidades de la comunidad.

1.1.3. Demandas sociales de la región y a nivel nacional.

1.2. Evaluación de las necesidades de profesionalización en la región:

1.2.1. Satisfacción de demandas sociales y regionales.

1.2.2. Déficits en la profesionalización y formación de recursos.

1.3. Estudio y análisis profesiográfico en base a demandas sociales.

1.4. Justificación del proyecto en relación a la filosofía de la Enseñanza Superior Católica.

2. Selección y definición de las necesidades y problemas sociales desglosados en áreas y objetivos de intervención profesional.

3. Marco de referencia conceptual del objeto de estudio científico de la carrera propuesta.

4. Diagnóstico de la demanda en Educación Superior en el área de la carrera o programa que se desea abrir:

4.1. Demanda de futuros estudiantes (estadística).

4.2. Características de su extracción socio-cultural.

4.3. Capacidad económica.

5. Estudio de recursos:

5.1. Recursos humanos (docentes) en relación a la carrera o programa que se desea abrir:

5.1.1. Profesionales.

5.1.2. Grados académicos.

5.1.3. Experiencia académica.

5.1.4. Áreas de especialidad.

5.2. Recursos académicos:

5.2.1. Bibliotecas.

5.2.2. Sistemas didácticos.

5.2.3. Medios de apoyo didáctico.

5.2.4. Sistemas de publicación y reproducción.

5.2.5. Sistemas de información.

5.2.6. Documentación, publicación, difusión.

5.2.7. Otros.

5.3. Recursos administrativos:

5.3.1. Recursos humanos con experiencia administrativa universitaria.

5.3.2. Sistema de finanzas.

5.3.3. Sistemas contables.

5.3.4. Servicios administrativos generales.

5.3.5. Otros.

5.4. Recursos de infraestructura:

5.4.1. Reparticiones administrativas.

5.4.2. Aulas (descripción).

5.4.3. Gabinetes de apoyo académico.

5.4.4. Salones de eventos.

5.4.5. Campos deportivos.

6. Capacidad de administración académica del proyecto.

7. Diagnóstico de la proyección de la carrera o programas en el área de pastoral universitaria.

8. Diagnóstico y estudio de factibilidad económico-financiera de la carrera o programa:

8.1. Proyecto de presupuesto de acuerdo a la duración del programa.

9. Organización y estructura curricular:

9.1. Perfil profesional:

9.1.1. Áreas de actividad.

9.1.2. Funciones específicas.

9.1.3. Población y sectores de intervención.

9.1.4. Objetivos profesionales.

9.2. Orientación del plan de estudios:

9.2.1. Objeto de estudio.

9.2.2. Campos que abarca el curriculum.

9.2.3. Áreas y sectores de formación.

9.2.4. Áreas y líneas curriculares.

9.2.5. Métodos de desarrollo curricular (enseñanza-aprendizaje).

9.2.6. Metas y objetivos académicos de la carrera.

9.3. Estructura curricular:

9.3.1. Modelo curricular.

9.3.2. Objetivos curriculares (ciclo, línea y área)

9.3.3. Mapa curricular.

9.3.4. Carga curricular.

10. Administración del plan de estudios:

10.1. Sistema de evaluación y calificación.

10.2. Control y seguimiento docente.

10.3. Control y seguimiento académico y administrativo.

10.4. Modalidad de graduación.

11. Descripción del plan de estudios:

11.1. Duración y organización del programa.

11.2. Unidades temáticas bloques módulos o materia:

11.2.1. Objetivos.

11.2.2. Contenidos generales y/o programas de materias o unidades temáticas.

11.3. Creditaje:

11.3.1. Horas teóricas:

a) Modalidad y características del trabajo en clase.

b) Distribución semanal, mensual y/o a lo largo del programa.

11.3.2. Horas prácticas:

a) Modalidad y características del trabajo práctico.

b) Distribución semanal, mensual y/o a lo largo del programa.

11.3.3. Otras horas (fuera del contexto de clase):

a) Modalidad y características.

b) Distribución.

c) Modo de seguimiento o evaluación.

11.3.4. Proceso de certificación o acreditación de materias o unidades temáticas desarrolladas curricularmente.

12. Las instancias que debe seguir el proyecto académico previa a su consideración por la Junta Directiva de la Universidad son las siguientes:

a) Dirección Nacional de Planificación Académica

b) Pro-Rectorado

c) Rectorado

d) Comisión Académica de la Junta Directiva

e) Junta Directiva


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