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REGLAMENTO GENERAL DE MODALIDADES DE GRADUACIÓNCAPITULO IDEFINICIONES Artículo 1. La Universidad Boliviana en el Capítulo I, Artículo 5 del Reglamento General de Modalidades de Graduación, aprobado en la III Conferencia Nacional Extraordinaria de Universidades, reconoce a la Tesis de Grado , Proyecto de Grado , Trabajo Dirigido , Examen de Grado , Graduación por Excelencia e Internado Rotatorio como modalidades de graduación en el nivel académico de licenciatura. La Universidad Católica Boliviana San Pablo, como parte del sistema universitario boliviano decide adoptar las mismas modalidades como opciones de graduación de sus estudiantes en el nivel de licenciatura. Artículo 2. Tesis de grado, es un trabajo de investigación "original" que cumple con exigencias de metodología científica a objeto de conocer y dar solución y respuestas a un problema, planteando alternativas aplicables o proponiendo soluciones prácticas y/o teóricas. Artículo 3. Proyecto de grado, es un trabajo de investigación, programación y diseño que recoge y comunica una propuesta integral para dirigir y orientar coherentemente los procesos de intervención que se desarrollarán en una organización. Artículo 4. Trabajo dirigido, es un proceso de práctica profesional, mediante el cual, el estudiante interviene en la identificación, análisis y solución de un problema concreto en el seno de una organización específica y en el área de su profesión. Tiene por objeto acercar al estudiante a los problemas prácticos del mundo laboral. Artículo 5. Examen de grado, es el método de evaluación curricular terminal del estudiante que posibilita la valoración de los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos durante sus estudios. Puede haber dos tipos:
Artículo 6. Graduación por excelencia, exime voluntariamente a los estudiantes de someterse a otras modalidades de graduación, cuando su rendimiento académico durante el programa de estudios se encuentre en un nivel de excelencia respecto al de la población estudiantil de su carrera o programa, hasta la fecha de la conclusión de estudios. Artículo 7 . Internado rotatorio, es una modalidad de graduación del área de salud en la que el estudiante deberá salvar interrogantes y poner a prueba sus conocimientos dentro de la práctica profesional específica. Capacita al interno para resolver problemas de manera inmediata y enfrentar la patología prevalente del ambiente, a través del trabajo asistencial supervisado y de procedimientos dinámicos de aprendizaje como: presentaciones clínicas, paneles de discusión, revisiones bibliográficas, etc. Artículo 8. Las modalidades de graduación tienen la finalidad de evaluar la capacidad de análisis, síntesis, presentación y defensa de propuestas teóricas, técnicas y/o prácticas del candidato a licenciado. Permite conocer las habilidades del estudiante para identificar los problemas subyacentes en una situación no satisfactoria y las causas que los originan, para luego determinar cuál es el problema más importante; proponer soluciones que sean factibles técnica, económica y operativamente; presentar y defender propuestas teóricas, técnicas y/o prácticas ante otros profesionales del mismo nivel académico. Artículo 9. Taller de Grado I, es una asignatura obligatoria en todas las carreras o programas en la que el estudiante adquiere habilidades metodológicas para realizar una investigación. Artículo 10 . Taller de Grado II, es la actividad en la que el estudiante cumple con los procedimientos exigidos por la modalidad de titulación seleccionada. Artículo 11. El tutor@ es un profesional con título igual o superior a licenciatura designado por la dirección de carrera o programa. Es responsable de conducir y vigilar el desarrollo del proyecto desde la aprobación de tema hasta la conclusión y presentación del documento final. Artículo 12 . Los panelistas son profesionales con título académico designados por la dirección de carrera responsables de la revisón crítica del trabajo.
CAPITULO IIPOLÍTICAS
Artículo 14 . En el Taller de Grado I, el estudiante adquiere conocimientos y habilidades metodológicas para llevar a cabo una investigación. Este Taller debe ser una materia impartida por un@ sol@ profesor@ por paralelo Artículo 15 . Cada carrera o programa seleccionará la(s) modalidad(es) de graduación que se ajuste(n) a su plan de estudios y que deben ser mencionadas en el propio plan de estudios. Artículo 16. Cualquiera sea la modalidad de graduación adoptada, esta debe figurar dentro del plan de estudios y corresponder a la asignatura Taller de Grado II. Artículo 17 . Los proyectos de grado y las tesis, podrán ser unipersonales o conjuntas.
La tesis y el proyecto de grado conjuntos tendrán dos modalidades:
Artículo 18. En las modalidades de graduación de tesis de grado, proyecto de grado y trabajo dirigido la defensa pública es opcional. El postulante debe solicitar al jefe de carrera la opción que desee para que se proceda de acuerdo a los reglamentos respectivos. La nota final será el promedio de la calificación del tribunal que estará conformado por un profesor@ tutor@, un profesor@ lector@ y el Jefe de Carrera o programa o su representante. Artículo 19. Cada carrera o programa deberá elaborar su reglamento específico sobre la o las modalidades de graduación que hubiese escogido, las mismas que deben regirse al presente reglamento. Artículo 20. La magnitud del trabajo (incluyendo, cuando corresponda, la elaboración del documento final) que se ejecute en cualquiera de las modalidades de graduación debe ser tal que pueda llevarse en el plazo máximo de una gestión académica. Artículo 21. Los docentes que participen en alguna de las fases del proceso, como asesor@s, panelistas, lector@s o relator@s deberán tener necesariamente conocimientos de metodología de investigación. Artículo 22. Los docentes que participen en alguna de las fases del proceso, como asesor@s, panelistas, lector@s o relator@s recibirán su remuneración a la conclusión de la prestación del servicio. Sin embargo, los docentes a tiempo completo y medio tiempo que participen lo harán como parte de sus funciones. Artículo 23. Los profesionales que asesoren a estudiantes en alguna de las modalidades de graduación definidas en este reglamento podrán trabajar simultáneamente con un máximo de 10 proyectos.
CAPITULO IIIREQUISITOS
Artículo 25. Para presentar el trabajo final el postulante debe haber aprobado íntegramente el plan de estudios de su carrera, incluyendo las materias de Ciencias Religiosas, las optativas, el examen de idiomas y otros requisitos reglamentados por cada carrera o programa. Artículo 26 . El postulante deberá haber cumplido con todas sus obligaciones administrativas y económicas con la universidad.
CAPITULO IVPROCEDIMIENTOS
Artículo 27. Para todos los aprobados del Taller de grado I, la carrera o programa automáticamente debe hacer la revisión de los expedientes. Artículo 28 . Aprobado el Taller de grado I, el estudiante debe realizar la reserva para la inscripción a Taller de Grado II. El estudiante solicita a la Jefatura de carrera o programa continuar con el tema aprobado en Taller de Grado I y propone el nombre de un profesor tutor, previo visto bueno de mismo. En el caso de cambio de tema aprobado en el Taller de Grado I, el estudiante deberá solicitar la aprobación del nuevo tema y presentar una propuesta de nombre del tutor. Artículo 29. La aprobación de los Temas estará a cargo del jefe de carrera o programa o su representante y al menos un especialista del área. Artículo 30 . Previa a la habilitación del estudiante en la asignatura de Taller de Grado II, la Jefatura de carrera o programa debe verificar el cumplimiento de los requisitos académicos, administrativos y económicos del mismo.
CAPITULO VESCALA DE CALIFICACIONES
Artículo 31. La nota que se otorgará al trabajo de investigación estará sujeta a la siguiente escala:
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