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REGLAMENTO DE LOS DECANOS DE FACULTADES
Art. 1°. De acuerdo al Art. 67 de Estatuto, el Decano es la Autoridad ejecutiva y Superior de la Facultad , depende y coordina su actividad con e/ Vicerrector Regional de la unidad respectiva.
Art. 2°. De acuerdo al Art. 68 del Estatuto, los Decanos son designados por la Junta Directiva por u periodo de cuatro años de una terna propuesta por el Rector.
Art. 3°. El Decano a cargo de una Facultad durará en sus funciones 4 años pudiendo ser reelegido.
Art. 4°. Para ser nombrado Decano de una Facultad se requiere:
a) Tener diploma académico de por lo menos el mismo grado académico que otorga la Facultad en una o varias de sus carreras.
b) Tener experiencia académica y haber ejercido la docencia universitaria por lo menos durante 5 años.
c) Deberá tener antecedentes de probada ética personal y profesional, asimismo deberá estar identificado y comprometido con los postulados de la Doctrina Social de la Iglesia Católica que forman el marco filosófico de la Educación Superior Católica Boliviana.
d) En los casos de interinato, reemplazos temporales y otras condiciones, la Junta Directiva tomará las decisiones pertinentes.
Art. 5°. Son responsabilidades del Decano de una Facultad:
a) Asegurar que las acciones del proceso enseñanza-aprendizaje contribuyan a conseguir el cumplimiento de los objetivos curriculares en el marco de la excelencia y la calidad académica.
b) Dirigir, desarrollar, ejecutar y evaluar acciones correctivas para garantizar el desarrollo curricular en el constante mejoramiento académico de su facultad.
c) Elaborar el presupuesto global de su facultad en base a los presupuestos de cada departamento, carrera y/o programa y los organismos de servicios bajo su dependencia, someter a consideración de las autoridades respectivas, y una vez aprobado, supervisar por el estricto cumplimiento, poniendo acciones correctivas que deriven de un mejor aprovechamiento de los recursos en coordinación con cada director de carrera y/o programa.
d) Supervisar la selección adecuada de los profesores de cada carrera y/o programa para garantizar el cumplimiento de los objetivos curriculares y de cada carrera y lo objetivos filosóficos de la UCB.
e) Coordinar la actividad académica entre las diferentes carreras y/o programas, asegurando la optimización de los recursos en el marco de la excelencia y calidad académica.
f) Supervisar, evaluar, elevar y coordinar el ejercicio de las funciones docentes de los profesores que forman parte de cada carrera y/o programa, supervisando el cumplimiento del Régimen Docente.
g)Supervisar la adecuada atención y desarrollo en cada carrera del desempeño académico de los alumnos.
h) Promover y generar las áreas de investigación e interacción social, coordinando la optimización de recursos de las carreras a su cargo en el marco de referencia de la eficiencia del desarrollo académico y curricular.
i) Promover y desarrollar servicios académicos, internos y externos, coordinando los diferentes recursos en forma multidisciplinaria entre las carreras a su cargo.
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